Sunday, March 04, 2007

Advierten ocupación ilegal de propiedad privada en Punta Cana crearía un funesto precedente

Del Nuevo Diario, Rotativo Dominicano

La Unión de Propietarios de Terrenos y Proyectos Turísticos del Polígono 5 de Punta Cana advirtió que la ocupación ilegal de la propiedad privada para la construcción de un parque eólico “crearía un funesto precedente contra el ordenamiento jurídico, y atentaría contra la seguridad jurídica al desconocer las regulaciones de uso de suelos turísticos al amparo de la cual ya se han realizado inversiones por más de US$400 millones y están en marcha proyectos por más de US$1,000 millones”.

El grupo de propietarios de los terrenos afectados expresó que el Complejo Energético Punta Cana.Macao (CEPM) tiene otras opciones en El Guateque, en las proximidades de Cabo Engaño, y en Barahona, Enriquillo, Duvergé y Baní, para el desarrollo de la energía eólica sin afectar inversiones en proceso ni incurrir en graves violaciones a la ley.

“Llamamos la atención ante el esfuerzo que realiza CEPEM para convencer a las autoridades y a la opinión pública, de que es legítimo apropiarse de terrenos privados para construir un parque eólico, una instalación industrial en el corazón de una zona turística, dañando el potencial de estas tierras para albergar más de 25 mil habitaciones y una decena de campos de golf y otras instalaciones turísticas, varias de las cuales ya están diseñadas o en proceso de gestación”, expresa la entidad en un comunicado público.

Sostiene que el proyecto de CEPM viola el decreto 595-06, emitido por el presidente Leonel Fernández que indica que éste “deberá realizarse en terrenos propiedad del Consorcio Energético Punta Cana-Macao, S.A. (CEPM)” y lo condiciona “al previo cumplimiento de los requisitos establecidos por las reglamentaciones” de la Secretaría de Estado de Turismo y la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Recuerda que la Marina de Guerra le advirtió a CEPEM, en una carta del 10 de agosto del 2006, que la no objeción otorgada el 14 de julio del 2005, no constituye en si misma una autorización definitiva, por lo que debe obtener los permisos de los organismos competentes que son las Secretarías de Estado de Turismo y Medioambiente y Recursos Naturales y el Ayuntamiento del Municipio de Higüey.

Agrega que la consultoría jurídica de la Secretaría de Turismo certificó el 4 de agosto del 2006 que el departamento encargado de la aprobación de proyectos a ser desarrollados dentro de los polos turísticos, “no han conocido ni aprobado este tipo de proyectos” en la zona Punta Cana - Macao, y dice que este proyecto “iría en detrimento del desarrollo turístico de la misma”. El Secretario de Turismo, Félix Jiménez también confirmó a los medios de comunicación que CEPM no tenía autorización de esa Secretaría.

Explica que la Secretaría de Turismo sectorizó la región turística Punta Cana – Macao, por lo que el litoral de Cabo Engaño donde CEPM quiere instalar su parque eólico, queda ubicado en el “Polígono de Desarrollo Turístico No. 5”, donde la altura máxima permitida es cuatro pisos (unos 15 metros de altura).

Manifiesta la entidad que “CEPM quiere construir 5 torres de más de 70 metros, más de 5 veces la altura permitida a los hoteles, sin considerar la contaminación visual, sonora y electromagnética que esto significa en varios kilómetros a la redonda y en la excelente playa que esta a 300 metros del lugar escogido”.

Dice empresa mintió a las autoridades

Por otra parte acusa a CEPM de mentir de manera descarada al informar a las autoridades que Cabo Engaño no era una zona de desarrollo turístico de alto potencial.

En este sentido cita que el 14 de marzo del 2004, en carta al Secretario de las Fuerzas Armadas, la Superintendencia de Electricidad explica que una de las tres razones por la cual otorgó la no objeción para el parque eólico es que CEPM aseguró que el proyecto se desarrollará “en áreas sin proyección turística actual ni futura”.

En cuanto al permiso de la Secretaría de Medio Ambiente indica que éste hace constar que “El presente permiso ambiental no constituye ni confiere ningún título ni reconocimiento de propiedad o derechos reales sobre los terrenos que se vayan a afectar con el proyecto”.

Al destacar las violaciones en que incurre la empresa energética para el desarrollo del proyecto, cita una certificación del Ayuntamiento de Higuey del 31 de julio del año 2006 haciendo constar que CEPM “no tiene ningún permiso por concepto de uso de suelo, para operar ninguna de sus construcciones, y que a la luz de la Ley General de Electricidad No 125-01, para este Ayuntamiento la misma esta operando de manera ilegal”. El ayuntamiento de Higuey ordenó el pasado viernes la paralización de la obra.

India el comunicado que “la ley 305 que regula la franja marina considera que las “construcciones y edificaciones de cualquier tipo” que se erijan el litoral “atentan contra el paisaje natural que forma parte de las atracciones turísticas” y “por tanto deben ser conservadas”; razón por la cual “en dicha zona sólo deben ser levantadas aquellas construcciones apropiadas y necesarias para el alojamiento de veraneantes y turistas que excepcionalmente autorice el Poder Ejecutivo”.

Y agrega que el texto legal prohíbe todo tipo de construcción, “salvo aquellas que excepcionalmente autorice el Poder Ejecutivo para fines turísticos y otros de utilidad pública”.

La Asociación Nacional de Hoteles y Restaurantes (ASONAHORES), también ha fijado posición sobre el tema, compartiendo el criterio de la Secretaría de Estado de Turismo que rechaza la construcción del parque eólico en una zona reservada de desarrollo turístico creada de acuerdo a la ley, y en la cual se han iniciado proyectos multimillonarios”.

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